La historia de D. y M. Una historia sobre sustracción interparental de menores y la realidad de nuestros tribunales y justicia española.

La historia de D. y M. Una historia sobre sustracción interparental de menores y la realidad de nuestros tribunales y justicia española.

Hoy, que es festivo y media España está de puente, me he levantado recordándome a mí misma que un abogado de familia lo es 24/7 365 días al año. Hace tiempo que reflexioné sobre la idea de que ser abogado de familia probablemente sea una de las profesiones más vocacionales que existen, y ello, por múltiples motivos. Primeramente, porque como veis, nosotros no entendemos ni de puentes ni festivos. 

Y, en segundo lugar, porque ser abogado de familia implica un nivel de motivación que en no pocas ocasiones es difícil de sostener en el tiempo. Y os explico por qué; siento -y este sentimiento se que es compartido por muchos de mis compañeros- que muchas veces el trabajo que realizamos no se ve reflejado en el resultado y que da igual lo duro que trabajes y lo bien que hagas tu trabajo, que “te puede salir el tiro por la culata”. Los abogados en general, nos enfrentamos diariamente a una justicia sin medios que, en mi opinión, no es capaz de garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva que tiene todo ciudadano. La realidad social avanza más rápido que las leyes, los juzgados están absolutamente desbordados y ello hace que estos no puedan dar respuestas rápidas y eficaces a los problemas de las personas. Y esta realidad, es absolutamente catastrófica y devastadora, sobre todo cuando lo que está en juego es lo más importante que tienen las personas en sus vidas; su familia e hijos. 

A mi temprana edad, me he dado ya en no pocas ocasiones de bruces contra una pared. Siento y recuerdo con especial dolor un asunto en materia de incapacidad. La hermana de mi cliente, que vivía con la madre de ambos, impedía sistemáticamente que nadie de la familia pudiera relacionarse con la ella, que llevaba padeciendo principios de Alzheimer desde hacía años. Tras años en el juzgado, conseguimos incapacitar a la mujer, revocar un poder notarial que la misma había otorgado sin ser consciente cuando llevaba 4 años enferma en favor de su hija y donde la nombraba como tutora y administradora única de todos sus bienes. Logramos en virtud de sentencia judicial un deber de información periódico sobre su estado de salud, que los bienes de la señora fueran administrados por un organismo dependiente de la Comunidad de Madrid y un régimen de visitas de la familia con la señora sin que la hermana pudiera estar presente. 

Curiosamente este es, sin embargo, uno de los asuntos que con mayor orgullo llevo en mi trayectoria profesional por todo lo que logramos. Y a pesar de sendas resoluciones favorables a nuestros intereses, la hermana seguía impidiendo todo contacto con la señora por parte de cualquier familiar. La tenía absolutamente aislada en el domicilio. Metimos un escrito al juzgado por cada día de incumplimiento, demandas de ejecución a las que no se les dio siquiera trámite y finalmente sucedió lo que desde hacía más de un año íbamos advirtiendo al juzgado, la señora iba a fallecer sin que nadie de su familia pudiera despedirse de ella. Mi cliente estuvo más de dos años sin poder ver a su madre, y todo, por la negativa injustificada de su hermana. Desde mi punto de vista, la justicia no fue efectiva y mi cliente no tuvo derecho a un procedimiento con las debidas garantías y sin dilaciones indebidas. 

Por eso, hace ya tiempo que entendí que el éxito no residía tanto en ganar asuntos sino en saber que hiciste todo lo que estaba en tu mano, en definitiva, que no podías haber hecho ni más, ni mejor. Pero no deja de ser alarmante que esta sea la realidad de nuestros juzgados y de la justicia en España. 

Y hoy, quizá porque es festivo, y quizá porque es algo que a nivel profesional me genera malestar y desmotiva, me he permitido ser más flexible conmigo misma y con el contenido que publico habitualmente en el blog. Y quizá también por eso, y por lo mucho que me gusta escribir, me he permitido hacerlo sobre algo que me lleva inquietando varios meses. Sobre todo, porque siento que esto que os voy a contar es, como os digo, el fiel reflejo del funcionamiento de la justicia en España y de la falta de medios que tienen nuestros jueces y tribunales para garantizar la tutela judicial efectiva de los ciudadanos. 

Y digo que os lo voy a contar cuando ni siquiera se si al terminar este post, que es absolutamente personal, tendré el valor para publicarlo, o si, por el contrario, me lo guardaré para mi y quedará archivado en esa carpeta del ordenador donde acaban multitud de archivos que ni yo misma volveré a abrir y leer. 

Hace unos meses, llegó a mi una designación del turno de oficio en materia de derecho de familia. Cuando leí la designación, ponía “medidas, guarda y alimentos”. El pan de cada día pensé. Sin embargo, cuando descolgué el teléfono para ponerme en contacto con el cliente, mi sorpresa fue que no se trataba solo de unas medidas, sino de una sustracción internacional de menores España – Tailandia. 

La abuela paterna y madre del cliente, me explicó que la ex pareja de su hijo se había llevado a su nieto de dos años y medio desde España a Tailandia sin su consentimiento. Y lo hizo aprovechando que tanto el padre como la abuela, que residía con ella y su nieto, se encontraban de vacaciones fuera de Madrid. 

Me pongo en contacto con el turno de oficio para preguntarles si me pueden hacer otra designación para, por un lado, tramitar las medidas en España (que es competente para conocer de las medidas del menor) y por otro, para gestionar el retorno del niño a nuestro país, si bien los tribunales competentes para resolver sobre la restitución de M. a España, son los Tailandeses. Me dicen que no, y, aun así, decido asistir a esa padre y abuela, asesorándoles sobre como rellanar ante la Autoridad Central Española el formulario de restitución que, posteriormente, será enviado a Tailandia. 

Es la primera vez que me enfrento a un procedimiento de estas características sin que se trate de un cliente particular. Hasta ahora siempre he visto casos como este, pero en familias muy adineradas. Ello permitía a los clientes acceder a abogados en el país de destino y ello agilizaba y facilitaba mucho las cosas, desde los trámites hasta el retorno (si bien cuando se trata de determinados países la experiencia me dice que el retorno es prácticamente imposible). 

Tailandia es un país adherido al Convenio de la Haya. Esto debería ser una buena noticia y agilizar las cosas. Y debería serlo porque el convenio de la Haya es el cuerpo normativo que establece que los estados contratantes actuaran con urgencia en los procedimientos para la restitución de los menores, que deberá resolverse en un plazo máximo de 6 semanas. Es decir, el retorno de M. a España debería de haberse resuelto en un plazo máximo de 6 semanas desde que estos hechos fueron comunicados a la autoridad central española. 

Sobra decir que han pasado varios meses y este padre sigue sin tener noticias sobre en qué estado se encuentra el procedimiento de restitución, ya que nadie se ha puesto en contacto ni con él, ni conmigo. 

Es importante determinar que el plazo de 6 semanas no es vinculante sino una llamada de atención más bien a las autoridades responsables del factor tiempo, fijando un plazo máximo en el que se deberían de resolver estas cuestiones. Pero la realidad, una vez más, no deja de ser la misma; la justicia no es capaz de dar soluciones rápidas y eficaces a los problemas de las personas. 

Acudo a internet, y pongo en el buscador “sustracción internacional España – Tailandia”. Y me encuentro con una historia similar, de un padre de Valladolid que denunció a su expareja por secuestrar al hijo de ambos de España a Tailandia. El padre, que tiene la custodia del menor en España, lleva desde 2015 sin ver a su hijo, mientras que la madre alude la acción de la justicia Española. 

No deja de ser alarmante que, a pesar de tener una extensa regulación destinada a la resolución rápida y eficiente de este tipo de conflictos, la realidad sea que probablemente ninguno de esos dos menores vaya a retornar a su país de origen y que los abogados hayamos normalizado ya el uso de expresiones como “Lo siento, pero es que la justicia funciona así, no podemos hacer nada mas”.

Esta es la historia de M. y D., la cual empezó hace 4 meses y cuyo final es, por desgracia, del todo incierto.

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